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Los 11 tipos de Incoterms vigentes desde el 1 de enero de 2020 son: EXW,
FCA, FAS, FOB, CFR, CIF, CPT, CIP, DPU, DAP, DDP.
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Los términos que empiezan por E y por F, la entrega de las mercancías se
produce en el país originario, es decir, el vendedor no asumirá ningún gasto
una vez que las mercancías hayan salido del país de origen para su transporte
internacional hasta el destino indicado. Si nos encontramos un término que
comienza por las letras C o D, por tanto, sabremos que la entrega de la
mercancía tendrá lugar en el país que se acuerde entre las partes para el
destino.
-D-
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DAT.: Delivered at Terminal – Entregado
en la Terminal En 2020 quedo en desuso. Incoterm
que significaba entregado en la Terminal ó en el Puerto ó lugar convenido con
el importador. El vendedor tenía la obligación de descargar la mercadería en el
puerto de destino pero no tenía obligaciones respecto al despacho aduanero para
la importación en el país de destino. (Sustituye a DEQ en los Incoterms 2000)
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DAP.: Delivered at Place –
Entregado en el lugar Incoterm 2020
que significa entregado en lugar designado, convenido previamente entre
exportador e importador. El vendedor no tiene la obligación de descargar la mercadería
en el punto de destino designado. Si incurre en gastos de descarga en destino
no podrá recuperar dichos gastos del comprador a menos que lo haya acordado
previamente. Utilizable para todo tipo de transporte Marítimo, Aéreo, Camión,
Ferrocarril. (Sustituye a DAF, DES y DDU en los Incorterms 2000).
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DDP.: Delivered Duty Paid –
Entregado Derechos Pagados Incoterm 2020
que significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía al comprador,
despachada para la importación y no descargada de los medios de transporte, a
su llegada al lugar de destino convenido. El vendedor tiene las mismas
obligaciones que bajo DDU, pero además paga los derechos de la importación de
la mercancía. Supone la mayor obligación y riesgos para el vendedor dentro de
los Incoterms. No debe utilizarse si el vendedor no puede cumplir con los
requisitos legales para la importación. Este Incoterm es el opuesto al EXW, ya que
el vendedor es el que asume todos los riesgos y gastos. Utilizable para
todo tipo de transporte. Marítimo, Aéreo, Camión, Ferrocarril.
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