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Crédito Documentario Irrevocable – Irrevocable
Documentary Credit El crédito no puede ser modificado o
cancelado sin el acuerdo del Banco emisor, Banco confirmador (si lo hubiese) y
del beneficiario. Es un compromiso en firme por parte del Banco emisor en favor
del exportador. A falta de una indicación clara en el crédito, éste será
considerado como irrevocable.
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Crédito Documentario Contra Negociación – Documentary
Credit Against Negotiation El crédito es disponible
contra presentación de los documentos y de un efecto, a la vista o a plazo,
librado contra el Banco emisor o contra el ordenante del crédito. El Banco
negociador se limita a financiar al beneficiario por cuenta del Banco emisor.
El Banco negociador compra por cuenta del emisor los derechos del beneficiario
sobre el crédito. Puede ser negociado por cualquier Banco.
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Crédito Documentario Contra Pago – Documentary
Credit Against Payment Se paga al beneficiario contra
presentación de los documentos indicados en el crédito. El crédito es
disponible sin efectos. En el caso de pago a la vista puede exigir un efecto
librado por el beneficiario contra el Banco determinado en el crédito. Debe
designar un Banco pagador que puede ser el propio emisor. Si es pagadero A LA
VISTA y confirmado por el Banco pagador designado, éste no puede demorar el
pago en espera de los fondos, previa comprobación de los documentos. Si es
pagadero a PLAZO y confirmado, el Banco confirmador se compromete contra entrega
de documentos a pagar al vencimiento. Si no fuese confirmado, el Banco puede
comunicar que toma los documentos sin compromiso. El vencimiento puede estar
fijado mediante: un plazo, fecha recepción mercancía, fecha embarque mercancía,
fecha entrega de documentos, etc.
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